Finanzas, Gobierno y Relaciones Internacionales



La migración femenina en Colombia: experiencias locales para el abordaje de la trata de personas

Colombia enfrenta en la actualidad una significativa ola migratoria proveniente de Venezuela. Es importante emprender acciones para abordar los riesgos asociados a la trata de personas que se derivan de dicha diáspora y de forma especial para la protección de los derechos de las mujeres migrantes. Panorama migratorio y contexto […]

Colombia enfrenta en la actualidad una significativa ola migratoria proveniente de Venezuela. Es importante emprender acciones para abordar los riesgos asociados a la trata de personas que se derivan de dicha diáspora y de forma especial para la protección de los derechos de las mujeres migrantes.

Panorama migratorio y contexto del estudio

En el Estado colombiano los escenarios migratorios han sido cambiantes en los últimos años; pasamos de ser un país de origen a ser un país de destino para la inmigración especialmente de Venezuela. Esto se ha intensificado a raíz de la crisis política de la región y pone en evidencia un incremento en las condiciones de vulnerabilidad de grupos históricamente discriminados, como las mujeres y los migrantes. Para el caso que nos ocupa, confluyen las dos circunstancias, lo que plantea escenarios de reflexión desde la perspectiva de los derechos humanos, dado que se presentan riesgos y vulneraciones de derechos para las mujeres que inician un tránsito migratorio.

Según la ONU[1], la más reciente cifra global de migrantes asciende a 272 millones, de los cuales el 52 % son hombres y el 48 % son mujeres (OIM, 2020), lo que revela que la migración entre los géneros es ligeramente simétrica y ha sido una constante en el tiempo (Paiewonsky, 2007, p. 4). Dentro de las principales causas de movilización de mujeres, se encuentran la situación económica y la consecuente necesidad de buscar mejores condiciones de vida, hecho que se refleja en la participación de la mujer en la fuerza laboral, la cual se estima en un 42 % (OIM, 2020). Para el caso de Colombia, la Presidencia de la República ha estimado que, a hoy, la migración venezolana es de 1,7 millones aproximadamente, de los cuales 49,67 % son mujeres, y 50,24 %, hombres (RAMV, 2018), lo que es coherente con el comportamiento mundial.

Ante este panorama, los contextos a los que se pueden enfrentar las mujeres presentan riesgos, como lo son la violencia de género y la trata de personas, situaciones que se agravan al coincidir el género y la migración (OIM & Ministerio de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2014, p. 13), lo que conduce a que los Estados adopten acciones de prevención que contengan un abordaje integral de las situaciones de la mujer migrante. Según datos del Ministerio del Interior de Colombia (2019), la cifra de víctimas de trata de personas aumenta año a año, pasando de 66 casos reportados en 2014 a 108 en 2019. En cuanto a la normativa sobre trata de personas, la Ley 800 de 2003 incorporó la Convención de la ONU contra la Delincuencia Organizada Transnacional y el Protocolo de Palermo, y en 2005 se promulgó la Ley 985, para adoptar medidas contra la trata de personas y la atención y protección de las víctimas[2]. Estos instrumentos también se relacionan con el Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas y sus representantes a nivel territorial. No obstante todo lo anterior, la migrante, en riesgo de ser víctima de trata de personas o víctima como tal, aún carece de una plena implementación del marco normativo que le garantice de forma integral sus derechos.

En Colombia, al igual que en varios países, existe la problemática de la trata de personas y afecta a niñas, niños, adolescentes, hombres y mujeres bajo la presencia de distintas finalidades de explotación. La Defensoría del Pueblo (2018), utilizando datos de Migración Colombia y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, se refirió a la existencia de riesgos latentes como explotación sexual, explotación laboral, matrimonio servil, mendicidad ajena, turismo sexual y trabajos forzados; esto ratifica el riesgo para cualquier sector de la población y especialmente para grupos en situación de vulnerabilidad, como las migrantes.

Ante este panorama, se realizó el proyecto de investigación «Feminización de la migración venezolana en Colombia: análisis regional con enfoque de derechos humanos 2014-2018»[3], el cual analizó el rol de la mujer migrante venezolana en cuatro ciudades del país[4], mediante la elaboración de diagnósticos regionales que permitieron identificar la situación de los derechos humanos de esta población y sus mecanismos de protección. Para ello se diseñaron dos tipos de talleres que se realizaron en cada una de dichas ciudades; el primero, con funcionarios de entidades y organizaciones que intervienen en la atención a este colectivo, con el fin de identificar las principales barreras de acceso a derechos y constatar la existencia de rutas de atención previstas para ello. El segundo, dirigido a mujeres migrantes provenientes de Venezuela y representantes de la academia, encaminado a identificar las problemáticas en el acceso a derechos y a establecer si existen factores de riesgo asociados a la migración, tales como la xenofobia y la discriminación, situación que permitió visibilizar el fenómeno de la trata de personas. Esto se logró por medio de un instrumento metodológico, «el tarjetón de derechos», con dos componentes: el «top 5 de derechos»[5] y una sección sobre situaciones de discriminación[6], los cuales se diseñaron a partir de un lenguaje pedagógico.

 

Voces de las migrantes y otros actores

Los resultados obtenidos en los talleres de las ciudades seleccionadas ponen en evidencia algunas de las situaciones que las migrantes han vivido y ponen de presente las situaciones de riesgo asociadas a los derechos humanos y la trata de personas.

Las mujeres migrantes participantes se definen como personas trabajadoras, que buscan superar la adversidad y tener una vida digna. Identificaron como principales necesidades, en términos de derechos, las siguientes: salud, trabajo decente, igualdad y no discriminación, vivienda y acceso a servicios, regularización de la situación migratoria, educación e integridad personal[7].

Entre algunas de las situaciones de discriminación a las que se enfrentaron las mujeres migrantes, señalan el trato peyorativo en el lenguaje hacia ellas y una fuerte tendencia a la precarización laboral, pese a estar calificadas para el cargo, lo que aumenta el riesgo y las posibilidades de explotación o alguna modalidad asociada a la trata de personas.

De manera concreta, el diálogo con las mujeres migrantes arrojó casos asociados, por ejemplo, a la explotación sexual y condiciones laborales precarias, lo que puede conducir a servidumbre y explotación laboral, especialmente en el trabajo doméstico. Las migrantes narraban que eran sometidas a extensas jornadas, no les suministraban alimentos, no les daban descansos y los salarios eran inferiores en comparación con lo establecido en la ley nacional. Es una constante también el reconocimiento de la existencia de estigmas alrededor de la concepción de la mujer como objeto sexual (cosificación), lo cual puede derivar en escenarios de trata de personas. El hecho de no contar con un permiso especial de permanencia las expone a riesgos y precarización laboral por su condición de vulnerabilidad, lo que igualmente incrementa la exposición a entornos proclives a la trata de personas.

Se destacan características que reflejan ciertos estereotipos y escenarios de discriminación similares en las cuatro ciudades, por ejemplo, el ejercicio de la prostitución o el imaginario de que las niñas, adolescentes y mujeres venezolanas se enfocan en temas sexuales y son quebrantadoras de relaciones intrafamiliares; este aspecto contribuye a la construcción de prejuicios contra las migrantes, incluso por parte de las mismas autoridades, y en ocasiones conduce a que sean víctimas de discriminación, explotación o trata de personas.

Llama la atención que, pese a que las mujeres migrantes estén en situación regular, existen barreras frente al acceso a un trabajo en condiciones dignas, que conlleva una serie de violaciones a sus derechos humanos. Por otra parte, la situación se agrava en el caso de las mujeres en situación irregular, a quienes suelen someter a trabajos clandestinos en condiciones inhumanas, exponiéndolas a conductas relacionadas con la trata de personas; así mismo, por miedo a la deportación, se abstienen de ponerlo en conocimiento de las autoridades.

 

Lecciones aprendidas y retos

En los talleres desarrollados en las cuatro ciudades, se observó la ausencia de normas de carácter nacional que den lineamientos a las autoridades locales y tampoco se encontró la existencia de normas territoriales que atiendan la situación, por lo cual todo se ha dado de manera coyuntural ante el éxodo masivo de venezolanos. En ese sentido, se encontró la inexistencia de un diseño e implementación de rutas de acceso a derechos, lo que conduce a que los funcionarios públicos se abstengan de emprender acciones en favor de las mujeres migrantes, por el temor a las consecuencias legales que ello pueda derivar. Para contrarrestar esta situación, se hace evidente un trabajo conjunto de las autoridades con los órganos del Estado encargados de velar por la protección de los derechos humanos, como estrategia alternativa para responder a la cotidianidad de la migración. En ese orden de ideas, es pertinente fomentar espacios de participación con las migrantes para conocer de forma directa sus necesidades y expectativas, especialmente sobre el acceso a derechos y mecanismos efectivos para su protección, de modo que sirvan de herramienta para la construcción de planes, programas y/o políticas públicas en favor de este sector de la población.

Si bien se ha dado una respuesta para atender la situación actual, la cual ha contado con espacios de coordinación interinstitucional, esta se ha limitado al abordaje de la migración como hecho nuevo dentro del Estado colombiano, desconociendo los impactos y las convergencias que pueden presentarse con la trata de personas, escenario en el que es imposible hallar claridad o plena conciencia de las autoridades sobre el enfoque diferencial que este asunto requiere. En este sentido, es recomendable fortalecer las herramientas existentes, como el Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas y sus respectivos comités a nivel territorial, para que contemplen de manera prioritaria a la población migrante, especialmente a las mujeres.

De igual manera, es claro que por más de que existan normas relacionadas con las conductas constitutivas de trata de personas, que parecieran conformar un marco integral de protección, en la práctica se hacen evidentes vacíos y falencias en la aplicación de este, máxime cuando Colombia está enfrentando una situación de migración masiva emergente proveniente de Venezuela. Esto pone de presente que Colombia como país y las instituciones internas encargadas de velar por esto no estaban preparadas para un flujo migratorio de estas proporciones y características, lo que cambia la perspectiva con la cual la trata de personas había sido abordada y cómo debe manejarse en el futuro. Una de las estrategias para contrarrestar los efectos derivados de la trata de personas consiste en brindar opciones para la obtención de la documentación y la regularización del estatus migratorio; justamente en los talleres se identificó, como una buena práctica, el apoyo de las brigadas móviles de la Registraduría Nacional del Estado Civil, con el fin de obtener oportunamente la documentación migratoria.

El trabajo desarrollado con las mujeres migrantes permite afirmar que se hace necesario crear entornos de protección para los niños, niñas y adolescentes, que vayan más allá de la esfera legal e incluyan elementos de integración cultural y social, con el fin de evitar la exposición a riesgos. Lo anterior debe entenderse dentro de la implementación de acciones con enfoque diferencial, que respondan de manera adecuada a las particularidades de los diferentes perfiles de víctimas de trata de personas. Esto conduce a la necesidad de establecer estrategias de acercamiento, reconocimiento e integración entre las migrantes, sus familias y comunidades de acogida, con el fin impactar de forma positiva en la prevención y el manejo de situaciones violentas, discriminación y xenofobia, lo que podría extenderse al contexto laboral, con la creación de espacios como las redes de emprendimiento que fomenten el trabajo decente y obliguen al Estado a revisar y sancionar las conductas constitutivas de explotación laboral.


 

Referencias

Defensoría del Pueblo (30 de julio de 2018). La lucha contra la trata de personas debe ser una prioridad para la sociedad y el Estado: Defensoría del Pueblo. https://www.defensoria.gov.co/es/nube/comunicados/7426/La-lucha-contra-la-trata-de-personas-debe-ser-una-prioridad-para-la-sociedad-y-el-Estado-Defensor%C3%ADa-del-Pueblo-trata-de-mujeres-Defensor%C3%ADa-Estado-Mujer-derechos.htm.

Ministerio del Interior (2019). Cifras de casos de trata de personas. https://tratadepersonas.mininterior.gov.co/observatorio-del-delito-trata-de-personas/cifras-de-casos-de-trata-de-personas.

Organización de las Naciones Unidas (17 septiembre de 2019). La cifra de migrantes internacionales crece más rápido que la población mundial. Noticias ONU. https://news.un.org/es/story/2019/09/1462242.

Organización Internacional para las Migraciones [OIM] & Ministerio de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (2014). Las mujeres migrantes y la violencia de género: aportes para la reflexión e intervención. http://argentina.iom.int/co/sites/default/files/publicaciones/Manual_OIM-digital.pdf.

Organización Internacional para las Migraciones [OIM] (2020). Informe sobre las migraciones en el mundo 2020. https://publications.iom.int/books/informe-sobre-las-migraciones-en-el-mundo-2020.

Paiewonsky, D. (2007). Feminización de la migración. Serie Género, Migración y Derecho, documento de trabajo 1. Institución Internacional de Investigaciones y Capacitación de las Naciones Unidas para la Promoción de la Mujer (ISNTRAW).

RAMV (2018).


[1] Ver Organización de las Naciones Unidas (2019).

[2] Se han proferido decretos que reglamentan las competencias, los procedimientos y los trámites de las entidades responsables, entre otros temas. Ver, por ejemplo: Decretos 1069 de 2014 y 1066 de 2015.

[3] Iniciativa financiada por el fondo de investigaciones de la Universidad del Rosario.

[4] Bogotá, Cúcuta, Santa Marta y Pereira. Se seleccionaron estas cuatro ciudades con base en las cifras de concentración de migrantes y las zonas de tránsito migratorio de personas.

[5] Se les presentó un listado de derechos para que enumeraran según consideraban los de mayor atención en su ciudad.

[6] Se solicitó que, por medio de palabras o dibujos, describieran situaciones de las cuales hubieran tenido conocimiento y que implicaron discriminación.

[7] Debe aclararse que los derechos identificados son los mismos en las cuatro ciudades y lo que varía es la prioridad dada por las participantes.


María T. Palacios Sanabria
Directora Grupo de Investigación en Derechos Humanos
Facultad de Jurisprudencia, Universidad del Rosario
maria.palacios@urosario.edu.co

María L. Torres Villarreal
Profesora de carrera académica
Facultad de Jurisprudencia, Universidad del Rosario
maria.torres@urosario.edu.co,

Beatriz E. Luna de Aliaga
Consultora independiente
beatrizluna@lunadealiaga.com

Natalia Rojas Rodríguez
Consultora independiente
natalia.rojas@urosario.edu.co

ZERO IMPRESA EDICIÓN 39
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