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16 de abril de 2015

El fallo de La Haya y sus efectos en la Reserva de Biosfera Seaflower

La bióloga Juliana Hurtado Rassi presenta una importante investigación como parte de la “Maestría en  Derecho con Énfasis en Derecho de los Recursos Naturales” de la Universidad Externado de Colombia que busca exponer los posibles efectos ambientales que se reflejan desde el mismo instante que la Corte de La Haya tomó la decisión de hacer una división política sobre el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina sin tener en cuenta la unidad geográfica, política y económica de la región cediendo cerca de 74.000 km² de mar a Nicaragua.

En este documento Juliana Hurtado devela su investigación desde una perspectiva muy digerible y coherente al hacer una presentación cronológica del origen de las reservas de biosfera a nivel mundial y una segunda dirigida a la historia del archipiélago, los tratados que ratificaron la soberanía Colombiana sobre este y el proceso legal que emprendió Nicaragua, hasta vislumbrar los efectos ambientales y socio-económicos que pueden afectar a la Reserva Seaflower después de este controversial fallo de la Corte de la Haya.

Una publicación de Universidad Externado de Colombia ISBN 9789587722147

Una publicación de Universidad Externado de Colombia ISBN 9789587722147

 

La importancia de la Biosfera Seaflower para la región

Para entender qué es lo que realmente está afectando el fallo antes mencionado a nivel ambiental, es pertinente empezar por entender que es una reserva de biosfera y sus particularidades. Una reserva de biosfera es una red de ecosistemas que ha sido seleccionada como una zona de excelencia para la conservación y el desarrollo sostenible; para proteger los recursos genéticos, las especies, los ecosistemas y los paisajes, paralelamente al desarrollo económico y humano sostenible.

El archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina en su totalidad constituye la Reserva de Biosfera Seaflower que hace parte de la región Neo-tropical que se caracteriza por una riqueza biológica tan importante para el mundo que es una zona incluida en la lista de “ecorregiones” para la conservación a escala mundial que elabora la ONG World Wild Life Foundation (WWF) por su diversidad biológica y por servir de cuna de peces y moluscos de importancia comercial en la región.

Es tan importante la incalculable riqueza biológica que el Ministerio de Ambiente por medio de la resolución 107 de 2005 declaró Seaflower como Área Marina Protegida (AMP) albergando 65.000 km² repartidos en tres secciones con planes de manejo y protección específicos. Sumado a tal interés esta AMP fue propuesta en 2007 para ser incluida en la lista de patrimonios de la humanidad al cumplir con dos de los criterios de nominación requeridos por la UNESCO.

Designación

La Reserva de Biosfera Seaflower cursó un proceso de designación que empezó en 1993 al ser consagrada como reserva por la ley 99 del mismo año. Se comisiona al Consejo Directivo de CORALINA[1] para el cumplimiento de esta disposición y adicionalmente gestionar a nivel internacional los procesos pertinentes para llegar a esta importante designación y posteriormente lograr integrar la Red Mundial de Reservas de Biosfera.

Después de una serie de estudios multidisciplinarios muy rigurosos la UNESCO declara el 20 de Noviembre de 2000 al Archipiélago de San Andrés, providencia y Santa Catalina como Reserva de Biosfera Seaflower teniendo en cuenta cuatro criterios: la alta biodiversidad, las posibilidades de ensayo y demostración de desarrollo sostenible con participación comunitaria, la suficiente importancia para su conservación y la capacidad administrativa para llevar a cabo el plan de zonificación. El 16 de enero de 2001 se logró la incorporación de la Reserva de Biosfera Seaflower San Andrés en la Red Mundial y con motivo de la incorporación koichiro Matsura (Director General de la UNESCO) fue enfático en describir que “en todos los contextos isleños, el agua, el alimento, la energía, la habitación y los desechos crean necesidades inmediatas vitales que deben ser atendidas, pues el ambiente y el desarrollo son las dos caras de la misma medalla”.

Sentencia de la Corte Internacional de Justicia

Es notable el trabajo investigativo para formar el hilo histórico que la autora usa para describir el proceso que ha llevado Colombia desde que ejerció la soberanía sobre el Archipiélago cuando este fue agregado a su territorio en 1803 hasta la firma del tratado Esguerra-Bárcenas donde se ratifica esta soberanía. Pero es relevante seguir el proceso actual que empezó cuando Nicaragua desconociendo todo lo que alguna vez ratificó en estos tratados presenta en 2001 una demanda reclamando la soberanía de las islas de Providencia, San Andrés y Santa Catalina y todas las islas y cayos que le pertenecen, así como Roncador, Serrana, Serranilla y Quitasueño (en cuanto sean susceptibles de apropiación) aduciendo que el tratado Esguerra-Bárcenas carecía de validez legal.

Realmente vale la pena resaltar de todo este aparte legal en la investigación más que las demandas de cada país, de las modificaciones de último momento, de intereses limítrofes y soberanía, la ausencia de la Reserva de Biosfera Seaflower que nunca fue mencionada en la defensa. Todo el esfuerzo antes descrito por ingresar a la Red Mundial de Reservas de Biosfera y por obtener este reconocimiento a nivel mundial, sumado al esfuerzo por preservar los ecosistemas y mantener una economía sostenible, hubiera dado cuenta del esfuerzo que ha hecho el país en materia de investigación y gestión para preservar estas características por las cuales obtuvo el reconocimiento de la UNESCO.

El 19 de Noviembre de 2012 se emitió la sentencia por parte de la Corte Internacional de Justicia donde se decidió que Colombia conserva la soberanía sobre las islas, la totalidad de los cayos y las áreas de exclusividad adjudicadas al archipiélago de San Andrés pero le adjudica 74.000 km2 de mar partiendo el ecosistema de una manera abrupta afectando la Reserva Seaflower y toda la población insular y su desarrollo económico.

Es importante resaltar que el fallo desmembró el archipiélago al no considerarlo una entidad geográfica, económica y política dejando los cayos Quitasueño y Serranas en aguas Nicaragüenses, perdiendo una gran extensión marítima que representa recursos y biodiversidad.

Efectos ambientales y la interferencia en el desarrollo sostenible

Las implicaciones que trae consigo el fallo se ven reflejadas de manera inmediata en el ámbito socio económico, rezagando el desarrollo de la región al perder una gran zona marítima, afectando los pescadores a escala artesanal e industrial siendo está actividad fundamental para la región no solo a nivel económico sino cultural; un cambio abrupto que obligará a muchos isleños a modificar sus hábitos y actividades en aras de generar ingresos.

Se señala el caso de Antillana, la más grande empresa exportadora de langosta y caracol, que en 2013 se vio obligada a cerrar su operación y dejar 300 personas sin trabajo, vislumbrando un panorama oscuro para la sostenibilidad económica de San Andrés y en general del archipiélago.

En cuanto a lo que está en juego ambientalmente Francisco Arias Isaza (Director de INVEMAR[2]) resume muy bien lo que representa el fallo en un párrafo extraído (hábilmente) del artículo “Ecosistemas de San Andrés quedaron partidos en dos”

“Son unos 74.000 kilómetros cuadrados. La gente no entiende la dimensión marina y mira el agua como si fuera plana. Debajo hay montañas submarinas tan importantes como Quitasueño, como Serrana. Ahí está la paradoja de la Corte al no entender que son estructuras integrales de un sistema marino interconectado. Debajo hay toda una morfología, un sistema interconectado. Las larvas que se producen en Providencia no se quedan ahí, viajan a Serrana, a Quitasueño, al bajo Alicia, a los sistemas, y los adultos que se desarrollan ahí, peces, moluscos, crustáceos, caracoles, van a Providencia en ese tráfico permanente a través de las corrientes y si se interrumpe por alguna acción como la exploración petrolera, puede poner en riesgo enorme todo el sistema ambiental y perdemos eso.

Colombia renunció al petróleo para conservar este depósito de alimentos, este depósito de oxígeno, de CO2 para el resto de la humanidad y eso no fue tenido en consideración por la Corte. Es muy grave lo que ocurre y los riesgos que corre la humanidad.

Ese es el oasis de productividad de toda la cuenca del Caribe, no solo colombiana”

¿Qué le espera a la Reserva de Biosfera Seaflower?

Actualmente ya se pueden percibir efectos ambientales tras el fallo de La Haya, pero el futuro de la reserva depende de quién la administre. Nicaragua ha reflejado ambigüedad en este ámbito, por un lado mostró un gran interés por darle continuidad a la conservación y el desarrollo sostenible en esta área que pasa a ser de su propiedad, pero por otro se ha manifestado un claro interés en realizar actividades de exploración y explotación de hidrocarburos. En este último caso se afecta no solo el ecosistema sino el valor económico de las islas que presenta una relación directa con la conservación de los arrecifes de las aguas y de la playa y no en la explotación petrolera.

Una opción positiva para el ecosistema es que se llegue a un acuerdo para formar una Reserva de Biosfera Transnacional (RBT) ya que al modificarse el trazado limítrofe a nivel político el ecosistema conserva su morfología y se extiende cruzando las fronteras, compartiendo su integridad biológica con ambos estados. Siendo Colombia quien se comprometió con la conservación de la zona y emprendió el proceso de acreditación, es importante que mantenga su compromiso y busque un acercamiento para crear la RBT generando así un reconocimiento oficial de voluntad política que se refleje en el uso sostenible del ecosistema y donde la estrategia binacional sea encaminada principalmente a la conservación.

[1] Corporación para el desarrollo sostenible del Archipiélago de San Andrés, providencia y Santa Catalina

[2] Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras


 

Joan Rojas
Editor Online revista Zero
Facultad de Finanzas, Gobierno
y Relaciones Internacionales
joan.rojas@uexternado.edu.co

Revista Zero Online
ISSN electrónico: 2344-8431

 

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